¿Sabías que hoy se celebra el #DíaMundialdelaPropiedadIntelectual 💡?
📚 Vamos a ponernos en contexto 📚
¿QUÉ ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
La Propiedad Intelectual nace como una iniciativa de la ONU para promover la innovación y la creatividad en beneficio de todos 🌏. Su fin es proteger las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes.
Cada 26 de abril se celebra el #DíaMundialdelaPropiedadIntelectual porque fue ese mismo día en 1970 cuando entró el vigor el Convenio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
¿CÓMO AFECTA A LAS AGENCIAS DE PUBLICIDAD?
Hablemos de algunas de las áreas que afectan a nuestro quehacer diario 🤔
Patentes 💡. Es un derecho exclusivo que se concede sobre una idea. Ofrece la posibilidad a terceros de utilizar la información técnica relativa a dicha idea. Dura 20 años en el país o región en la que se ha concedido la patente.
Derechos de autor ✍ se denomina también copyright © ¿te suena, verdad?
Esto hace referencia a que una obra original, ya sea literaria o artística, que no se puede copiar. Y si se hace tiene que ser con la autorización del autor.
Te vamos a poner un ejemplo:
Mufasa se hizo viral con su baile 🕺 “It’s Friday” y San Miguel lo contrató para anunciar su cerveza 🍻.
Anuncio San Miguel – Hasta un lunes puede ser magnífico
Te dejamos también el video de Mufasa para que te contagie con su energía 🎤 🕺.
Marcas ™. Permite diferenciar los productos o servicios de una empresa. Protegemos 🛡 la marca registrándola en la oficina de patentes y marcas con una duración de 10 años, renovable indefinidamente.
Pero ¡ojo¡ 👀 no todo es patentable. Estos son los requisitos que debe cumplir una idea 📋:
✅ Materia patentable Ⓜ. Esto varía en función de la normativa del país. Por ejemplo, en muchos países no se considera patentables teorías científicas, métodos matemáticos, variedades vegetales y animales, descubrimientos de sustancias naturales… y toda invención cuya explotación comercial impida la protección del orden público y la salud pública.
Para que puedas entender esto, ahora hay un debate abierto entre la liberación de la patente de la vacuna de la Covid-19🦠. Esto se resume en que hay personas a favor de liberar la patente para que cualquier laboratorio pueda fabricarla, y los que están en contra de esto 💉.
Para más información te dejamos unos enlaces 😜:
Redacción Médica – Mayoría absoluta del No en el Congreso a liberar patentes de vacunas Covid
El Correo – Desmadejando la normativa de las patentes de las vacunas Covid-19
Buenos, seguimos con los requisitos ✅:
✅ Aplicación industrial, es decir, su utilidad 🔧. Debe tener utilidad práctica o que se pueda utilizar en cualquier actividad, ya sea industrial o de otra índole.
✅ Novedad 🆕. Debe poseer alguna característica novedosa no conocida antes.
✅Actividad inventiva 🆒. No puede ser algo que deduzca cualquier persona, es decir, que hay un trabajo detrás y no deducido por una persona con conocimientos generales.
✅ Divulgación de la invención 🆗. La invención debe divulgarse de forma clara y completa cuando se presenta la solicitud de patente. Es decir, que lo tengamos todo ‘ok’.
Si quieres seguir aprendiendo, estate atento a las entradas de nuestro blog. 🔝 🤓